¿Qué puedes hacer si tu empresa no te paga el salario?
No cobrar el salario a tiempo es uno de los incumplimientos empresariales más graves y frecuentes en Fuerteventura, especialmente en el sector turístico y hostelero de Costa Calma, Morro Jable, Corralejo y Gran Tarajal. La ley te protege y tienes varias vías para reclamar — te explicamos cuáles son, en qué orden usarlas y qué plazos tienes.
⚠️ Plazo de prescripción: tienes 1 año desde que cada mensualidad debió pagarse para reclamarla. Pasado ese plazo, esa mensualidad prescribe. No esperes.
Paso 1 — Reclamación interna a la empresa
Comunica por escrito a la empresa — por email o burofax — que no has recibido el salario y exiges su abono. Este paso no es obligatorio legalmente pero crea un registro documental muy útil en un juicio posterior. Los mensajes de WhatsApp también son válidos como prueba si se conservan correctamente.
Paso 2 — Denuncia ante la Inspección de Trabajo
Puedes presentar una denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Las Palmas de Gran Canaria, competente para Fuerteventura. La Inspección puede requerir el pago a la empresa y sancionarla. La denuncia es gratuita y puede hacerse de forma anónima. Sin embargo, la Inspección no puede obligar directamente a la empresa a pagarte — para eso necesitas la vía judicial.
Paso 3 — Papeleta de conciliación ante el SMAC
Presenta una papeleta de conciliación ante el SMAC de Las Palmas. Este trámite es obligatorio antes de ir al juzgado y tiene ventajas importantes:
- Interrumpe el plazo de prescripción de un año desde su presentación.
- En el acto de conciliación muchas empresas pagan para evitar el juicio.
- Es gratuito y rápido.
💡 Importante: si el plazo de un año se acerca para alguna mensualidad, presenta la papeleta cuanto antes para salvarla.
Paso 4 — Demanda ante el Juzgado de lo Social
Si en conciliación no hay acuerdo, presenta una demanda por reclamación de cantidad ante el Juzgado de lo Social de Puerto del Rosario, competente para Fuerteventura. Puedes reclamar:
- Salarios impagados con el interés por mora del 10% anual (art. 29.3 ET).
- Pagas extraordinarias no abonadas.
- Plus de convenio aplicado por debajo de lo que corresponde.
- Horas extraordinarias no retribuidas.
Paso 5 — Extinción del contrato por incumplimiento del empresario
Si la empresa lleva varios meses sin pagarte, puedes solicitar la extinción del contrato por incumplimiento grave del empresario al amparo del artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores. Esto conlleva:
- Extinción inmediata de la relación laboral.
- Indemnización equivalente al despido improcedente — 33 días por año trabajado, máximo 24 mensualidades.
- Derecho a cobrar la prestación por desempleo.
⚠️ Jurisprudencia clave: el Tribunal Supremo ha establecido que el impago de 3 o más mensualidades de forma reiterada constituye causa suficiente para extinguir el contrato con indemnización equivalente al despido improcedente.
¿Y si la empresa es insolvente o está en concurso de acreedores?
El FOGASA (Fondo de Garantía Salarial) puede hacerse cargo de parte de los salarios adeudados cuando la empresa no puede pagar. Los límites son: hasta 120 días de salario y hasta el doble del SMI diario por día. El FOGASA actúa de forma subsidiaria — primero hay que acreditar la insolvencia de la empresa.
Documentación que debes conservar
- Contrato de trabajo.
- Nóminas de los meses impagados.
- Justificantes bancarios que acrediten qué meses no se realizó el ingreso.
- Comunicaciones con la empresa — emails, mensajes, burofax.
- Convenio colectivo aplicable para verificar que el salario pactado es correcto.
¿Tu empresa no te paga el salario en Fuerteventura?
Analizamos tu caso, calculamos exactamente lo que te deben incluyendo intereses y te acompañamos en todo el proceso de reclamación. Atendemos en Puerto del Rosario, Gran Tarajal, Costa Calma y toda la isla.
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