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¿Qué es un accidente de trabajo?

Según el artículo 156 de la Ley General de la Seguridad Social, se considera accidente de trabajo toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena. Esta definición es amplia e incluye situaciones que muchos trabajadores no saben que están cubiertas.

El accidente in itinere

Se considera accidente laboral el que sufre el trabajador en el trayecto entre su domicilio y el lugar de trabajo, tanto al ir como al volver. El Tribunal Supremo, en sentencia de junio de 2025, confirmó que este accidente debe producirse fuera del domicilio del trabajador — caerse en los escalones de la propia vivienda antes de salir a la calle fue considerado accidente común, no laboral.

Para que el accidente in itinere sea reconocido, debe cumplirse que el trayecto sea el habitual, que no haya interrupciones significativas por motivos personales y que el medio de transporte sea adecuado.

Pasos inmediatos tras un accidente laboral

  1. Comunícalo a tu empresa de inmediato y exige que se emita el parte de accidente de trabajo. Este documento es esencial para que la baja se tramite como contingencia profesional y no común.
  2. Acude a la mutua o al servicio médico designado por tu empresa, no al médico de cabecera, para que quede registrado como accidente laboral desde el primer momento.
  3. Guarda toda la documentación médica: partes médicos, informes, prescripciones, facturas de gastos derivados del accidente.
  4. No firmes nada sin asesoramiento legal, especialmente acuerdos de indemnización propuestos por la mutua o la empresa.
  5. Contacta con un abogado laboralista cuanto antes — algunos plazos para reclamar son cortos.

💡 Prestación económica: durante la baja por accidente de trabajo, cobras el 75% de tu base reguladora desde el día siguiente al accidente, a diferencia de la baja común que empieza al cuarto día y al 60% los primeros 21 días.

El recargo de prestaciones: cuando la empresa incumple la normativa de seguridad

Si el accidente de trabajo se produce como consecuencia del incumplimiento por parte de la empresa de las normas de prevención de riesgos laborales, el trabajador tiene derecho a un recargo sobre todas las prestaciones de la Seguridad Social de entre el 30% y el 50% de su importe.

El Tribunal Supremo, en una sentencia de enero de 2025, reforzó la responsabilidad de la empresa principal respecto a los accidentes sufridos por trabajadores de contratas cuando no ha ejercido un control adecuado sobre el cumplimiento de las obligaciones de prevención.

Este recargo es compatible con la indemnización por daños y perjuicios que pueda reclamarse en vía civil.

La responsabilidad civil y penal del empresario

Al margen de las prestaciones de la Seguridad Social y el recargo, el trabajador accidentado puede reclamar una indemnización adicional por daños y perjuicios si el accidente se produjo por negligencia del empresario. Esta indemnización incluye:

Plazos para reclamar

El plazo general para reclamar el recargo de prestaciones es de 5 años desde la resolución del expediente de incapacidad. Para la indemnización por daños y perjuicios en vía laboral, el plazo es de 1 año desde la consolidación de las secuelas o la resolución del INSS.

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